DNCP inhabilita a empresa vinculada al hijo de Federico Franco

La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) dispuso la inhabilitación por cinco meses de la firma Grupo Bio SA y de todos sus directores, entre ellos Iván Alejandro Franco Alfaro, hijo del expresidente Federico Franco, por presuntas irregularidades detectadas en una licitación del Ministerio de Industria y Comercio (MIC). La medida también alcanza a la empresa Kaavoty y estará vigente hasta el 28 de septiembre de 2026.
La sanción fue establecida mediante la Resolución N.° 784/26, firmada por la DNCP, tras concluir que existió una simulación de competencia y la presentación de declaraciones falsas durante el proceso licitatorio para trabajos de limpieza del predio del Parque Industrial del MIC. La investigación determinó que ambas firmas estaban vinculadas, incumpliendo la normativa de contrataciones públicas.
Investigación reveló vínculos entre los oferentes
El caso se originó el 9 de septiembre de 2025, cuando se presentaron las ofertas para la licitación. Inicialmente, la empresa Kaavoty, representada por Carlos Rubén Oviedo Centurión, fue adjudicada mediante la Resolución N.° 1131, mientras que Grupo Bio SA quedó en segundo lugar.

Sin embargo, una protesta presentada posteriormente por Prodpar SA derivó en una investigación de la DNCP. El organismo verificó que Carlos Hernán Oviedo actuaba simultáneamente como apoderado de Kaavoty y como presidente del directorio de Grupo Bio SA, situación considerada incompatible con la legislación vigente.
La sanción alcanza a todos los directores
La DNCP corroboró los datos mediante el Registro de Proveedores y el Sistema de Estructuras Jurídicas y Beneficiarios Finales. Los documentos confirmaron la existencia de un poder especial otorgado por el propietario de Kaavoty a favor de Carlos Hernán Oviedo, quien también figuraba como representante legal de Grupo Bio SA.
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Además de Carlos Hernán Oviedo, la firma tenía como directores a Iván Alejandro Franco Alfaro y Diego Marcelo Jara. La institución concluyó que ambas empresas participaron en el mismo llamado estando vinculadas entre sí, conducta prohibida por el artículo 27, inciso m, de la Ley 7021/22 de Suministros y Contrataciones Públicas. Tras confirmar la infracción, resolvió inhabilitar a las empresas y a sus directivos para contratar con el Estado durante cinco meses. Según el material de origen, se intentó obtener la versión de Iván Franco, pero no hubo respuesta.
Fuente: ABC Color
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